Viernes, 28 Marzo 2025

Portugal_¿Fabrica, distribuye o importa productos cosméticos en Portugal? Conozca los procedimientos legales

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Cualquier fabricante, importador o distribuidor que comercialice productos en su nombre o bajo su marca en Portugal es considerado la persona responsable y debe notificar sus productos en el portal de notificación de productos cosméticos (CPNP – Cosmetic Products Notification Portal).

Para comprender mejor las responsabilidades de cada interveniente en el sector cosmético, es fundamental diferenciar sus diferencias:

• Fabricante: persona física o jurídica que produce un cosmético (o encarga su producción) y lo comercializa bajo su nombre o marca.

• Importador: empresa o particular dentro de la Unión Europea que introduce en el mercado comunitario un producto proveniente de un país extracomunitario.

• Distribuidor: intermediario comercial que pone un producto a disposición en la Unión Europea sin ser el fabricante o importador.

Notificación en el Portal CPNP: un requisito obligatorio

En el caso de los distribuidores, si comercializan un producto con su propia marca o lo modifican de manera que pueda afectar a su conformidad con la normativa, también adquieren la condición de persona responsable y deben proceder a la notificación en el CPNP, además de contar con un técnico responsable.

Sin embargo, si el distribuidor únicamente traduce el etiquetado por iniciativa propia para cumplir con la legislación portuguesa, solo será necesaria una notificación simplificada, sin requerimiento de técnico responsable.

Registro en INFARMED y obligaciones fiscales

Toda empresa que realice la primera venta onerosa de productos cosméticos en Portugal debe registrarse en INFARMED a través de las plataformas SRE COS (Registro de Entidades de Cosméticos) y SRCT (Gestión de Tasas y Facturación).

La primera enajenación a título oneroso de productos cosméticos en territorio nacional corresponde a la primera colocación en el mercado nacional (independientemente de si el producto ya está siendo comercializado en Portugal). Es decir, las entidades que introduzcan en el mercado nacional productos cosméticos procedentes de otros países, o entidades nacionales que fabriquen productos cosméticos y los coloquen en el mercado, deben registrarse en ambas aplicaciones mencionadas.

Además, la comercialización de cosméticos en Portugal está sujeta a una tasa mensual del 1% sobre el volumen de ventas (sin IVA). Para ello, las entidades deben completar la declaración de ventas, detallando las facturas y notas de crédito de cada mes.

Es importante destacar que los minoristas que compran productos ya comercializados por otros distribuidores o fabricantes no necesitan registrarse en estas plataformas.

Sin embargo, si estos minoristas colocan un producto cosmético en el mercado portugués por primera vez, son considerados distribuidores y están obligados a efectuar el registro en dichas plataformas de INFARMED, así como a presentar la declaración mensual de ventas.

A diferencia de otros sectores, los cosméticos no requieren una autorización previa de INFARMED para su comercialización. Este organismo solo interviene en la fiscalización y supervisión del mercado, garantizando que los productos cumplan con la normativa y no representen riesgos para la salud.

Asimismo, no existe un registro público de productos cosméticos en Portugal, ya que la base de datos oficiales, el Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP), es gestionado por la Comisión Europea.

Belzuz Abogados, S.L.P. – Sucursal em Portugal tiene una amplia experiencial en todos los procedimientos necesarios para asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales en el ámbito de la comercialización de productos cosméticos en Portugal.

 

 Telma Moreno Nunes Telma Moreno Nunes

Departamento Derecho Mercantil y Societario | (Portugal)

 

Belzuz Abogados SLP

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