segunda, 26 junho 2023

Centros de Arbitraje de Conflictos de Consumo en Portugal para la resolución alternativa de litigios en materia de consumo

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El arbitraje y puede ser voluntario u obligatorio. El arbitraje voluntario es una de las formas de resolución alternativa de conflictos en que las partes, a través de un convenio arbitral, someten la decisión a Árbitros elegidos por ellas, que juzgarán el caso de acuerdo con la ley o por equidad, con la autorización de las partes y siempre que la controversia no esté atribuida en exclusiva a los tribunales del Estado o al arbitraje necesario y no se refiera a derechos inalienables.

El arbitraje voluntario depende del acuerdo de las partes y se refiere a cuestiones derivadas, en particular, de la interpretación, integración, conclusión o revisión de un acuerdo o contrato celebrado entre las partes.

El arbitraje necesario es el derecho (potestativo) concedido a los consumidores de someter un litigio en materia de consumo al tribunal arbitral de consumo de un Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo, vinculando a los respectivos agentes económicos a la decisión de dicho tribunal.

La adhesión a un centro de arbitraje es, por regla general, un acto voluntario. Pero la ley impone el arbitraje obligatorio a los Servicios Públicos Esenciales para resolver un conflicto concreto, siempre que el consumidor lo solicite, y también existen obligaciones específicas para los prestadores de servicios de pago -entidades de crédito y entidades de pago.

Los Centros de Arbitraje funcionan en función de su competencia territorial (ámbito geográfico), en función de la materia (tipo de litigios que pueden resolver) y, por regla general, en función de la cuantía (límite de cuantía de los litigios).

La decisión del Tribunal Arbitral tiene el mismo valor que una sentencia judicial y, en caso de incumplimiento por una de las partes, la otra puede solicitar su ejecución al Tribunal de 1ª instancia que sea competente.

El laudo arbitral - el acto por el que los árbitros deciden el litigio - goza así de fuerza vinculante, teniendo el mismo valor que una resolución judicial dictada por un tribunal del Estado.

La duración legal del procedimiento es de 6 meses, aunque puede ser superior si las partes así lo acuerdan.

Quedan excluidos de la resolución extrajudicial de litigios en materia de consumo

a) Los servicios de interés general sin contraprestación económica, como los servicios sociales prestados por el Estado o en su nombre;

b) Los servicios sanitarios y de salud pública,

c) los conflictos entre empresas y consumidores y las reclamaciones y peticiones de los consumidores a las empresas y a los organismos reguladores.

Las entidades que se adhieran al Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo deberán exhibir un cartel en sus locales y en su página web indicando que se han adherido al Centro.

El Departamento de Derecho Mercantil y Societario de Belzuz Abogados, S.L.P. - Sucursal en Portugal cuenta con profesionales cualificados para prestar asesoramiento jurídico a sus clientes en la adhesión a los centros de arbitraje de conflictos de consumo portugueses.

 

 Telma Moreno Nunes Telma Moreno Nunes

 

Belzuz Abogados SLP

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